Como despacho especializado en expropiaciones, le ayudaremos a
revisar detalladamente su caso y comprobaremos que se está cumpliendo la ley y se respetan
sus derechos como expropiado. Y, si necesita nuestra ayuda para
gestionar adecuadamente una expropiación, también estamos a su disposición.
910 05 39 20
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Los afectados por expropiaciones tienen ciertos derechos
La Ley de Expropiación Forzosa regula este tipo de actuaciones,
que están sometidas a una serie de normas y criterios que se deben cumplir.
Asegúrese de que se están respetando en todo momento sus derechos. Aunque no pueda
hacer nada por evitar la expropiación de su inmueble, hay una serie de
exigencias que puede hacer efectivas. Conózcalas todas, de la mano de nuestros
abogados especializados en expropiaciones.
Las expropiaciones, por sus consecuencias e implicaciones económicas y
personales, son objeto de una regulación muy estricta y rigurosa.
Todos los procesos de expropiación han de seguir como mínimo los siguientes pasos:
- Declaración de la necesidad de ocupación: la Administración ha de
detallar en un documento oficial la relación de los bienes a expropiar.
- Publicación de la información: la declaración deberá publicarse en
el Boletín Oficial de la provincia en cuestión, en un plazo máximo de 15 días.
- El justiprecio: a cambio, se ha de compensar al expropiado con una
indemnización, que se determina en base a una serie de criterios automáticos y
estimaciones periciales.
- El Jurado de Expropiación y su resolución: si no hay acuerdo entre
las partes sobre el justiprecio, el asunto pasa a estar en manos del Jurado Provincial
de Expropiación Inmobiliaria.
- El pago del justiprecio y el premio de afección: el pago se podrá hacer
mediante cheque nominativo o transferencia bancaria, e irá acompañado de un 5 % más
en concepto de afectación.
- Acta de ocupación: una vez realizado el pago, se podrá proceder a
la ocupación.
Expropiaciones: ¿qué hacer frente a ellas?
Enfréntese a las expropiaciones con seguridad y de la mano de expertos
Las expropiaciones son transferencias de propiedades privadas, que se realizan de
forma imperativa, de los propietarios originales al Estado.
Son imperativas porque el propietario de la propiedad no puede
oponerse a la expropiación. Es decir, la transferencia se efectúa incluso en contra de su propia voluntad..
Con nosotros, sus derechos serán respetados
ASISTENCIA EXPERTA
Es necesario conocer todos los detalles y vericuetos de la normativa.
RESPETO
Por sus derechos e intereses y, por supuesto, por la ley.
HONESTIDAD
Somos transparentes y le ofrecemos únicamente información y datos objetivos.
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