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Abogados laboralistas en Móstoles

Deje sus asuntos en manos de un Bufete de Especialistas en Derecho Laboral

Abogados Laboralistas

Nos encargamos de todo tipo de asuntos relacionados con el Derecho del Trabajo y Seguridad Social

Contamos con más de 20 años de experiencia asesorando y resolviendo problemas a nuestros clientes en el ámbito laboral. Nuestros servicios jurídicos, como abogados laboralistas expertos, están orientados tanto a la Empresa como Trabajador o particular.

Derecho laboral
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Los servicios que prestamos de índole laboral son muy amplios y cubren prácticamente todo el espectro del Derecho Laboral. Asesoramos a todo tipo de empresas, pymes y autónomos. Igualmente nuestra asesoría jurídica cubre a familias y trabajadores.

  • Despidos de trabajo: Objetivos, disciplinarios, procedentes, improcedentes y nulos.
  • Asesoría a empresas y trabajadores en casos de EREs(Expedientes de Regulación de Empleo) y ERTEs(Expedientes de Regulación Temporal de Empleo).
  • Defensa y acusación en casos de acoso laboral o mobbing.
  • Accidentes de trabajo y prevención de riesgos laborales(PRL).
  • Reclamación de pensiones de invalidez a la Seguridad Social en casos de incapacidad laboral permanente.
  • Otros asuntos relacionados con al Administración, Seguridad Social o prestaciones por desempleo.

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Confíe su defensa a profesionales antes de tomar cualquier decisión, asesórese por un abogado laboralista con experiencia en el tipo de asunto que le atañe.

Ejemplo de casos llevados como Abogados Laboralistas

Son muchos y muy variados los asuntos relacionados con el Derecho del Trabajo que atendemos en nuestro bufete. A todos damos la mejor respuesta basada en la experiencia que nos aporta los años de dedicación a la profesión.

Incapacidad permanente

Conseguimos, por vía judicial, que a nuestro cliente le fuera reconocida la incapacidad permanente total, con las consecuencias legales que de ello se derivasen.

Nuestro cliente, dependiente en una tienda propia como autónomo, tenía que levantar peso y estar de pie o en la misma postura para poder ejercer su profesión. Y no podía realizar estas actividades como consecuencia de las dolencias que logramos acreditar ante el juez, con la aportación de los oportunos informes periciales.

Improcedencia de despido

La empleadora procedió a rescindir el contrato de nuestro representado, indicando recortes muy significativos en la facturación de la empresa, al rescindir un proyecto determinado.

Conseguimos que la decisión de la empresa de despedir a nuestro cliente constituyera un DESPIDO IMPROCEDENTE de conformidad con lo previsto en el artículo 55.4 y 56 del Estatuto de los Trabajadores en conexión con el artículo 108.1 L.R.J.S, toda vez que la empleadora no acreditó ni justificó las causas del despido, debido a que nuestro representado no fue contratado para este proyecto citado.

Extinción de Contrato Laboral

La trabajadora viene prestando sus servicios como limpiadora desde marzo de 2017. En abril de 2019, la trabajadora comienza un periodo de baja por ansiedad y depresión laboral, dado que trabaja con una compañera con la que tiene muy mala relación, llegando ésta a acosarla de forma reiterada.

Logramos la extinción del contrato laboral dado que la trabajadora tiene legitimidad y derecho para instar la resolución indemnizada del contrato, toda vez que tal y como reitera la doctrina jurisprudencial el acoso moral se manifiesta a través de conductas hostiles contra la dignidad personal de la víctima o contra su profesionalidad.

¡Ponemos a su servicio el mejor Abogado Laboralista en Móstoles!

Reclamación de cantidad

La Mercantil dejó pendiente de abono el salario del último mes de nuestro representado, que se marchó de forma voluntaria con el preaviso de 15 días que marca la ley. El trabajador tenía pendiente de disfrutar 8 días de vacaciones, y al no haberlas disfrutado se las debía de abonar con el finiquito.

La Empresa nunca realizó el finiquito para dar así por finalizada la relación laboral. Es más, el trabajador recibió un justificante falso de transferencia por las cantidades adeudadas.

Nuestro Bufete resolvió este asunto de forma favorable para nuestro representado en el acto de mediación en el SMAC sin necesidad de llegar a juicio.

Reclamación de Certificado de Empresa

Tras producirse la extinción del contrato de trabajo que me vinculaba a mi Empresa, no me fue facilitada, pese a haber sido requerida en varias ocasiones, la documentación solicitada en relación con el CERTIFICADO DE EMPRESA, a fin de poder llevar a cabo los trámites oportunos para solicitar la obtención de la ayuda por desempleo.

Por estos motivos expuestos, al no tener un requisito necesario para tener acceso a la prestación económica, no se ha producido a la fecha abono hacia mi persona del subsidio por desempleo.

¡Por supuesto, nuestros abogados laboralistas consiguieron que nuestro cliente tuviera acceso a las prestaciones por desempleo!

Modificación sustancial de las condiciones de trabajo

La empleadora comunicó de forma verbal a la trabajadora una modificación sustancial de las condiciones de trabajo sin alegar causa o motivo consistente en ll cambio de categoría y la reducción de la cuantía de salario por el cambio de categoría.

Conseguimos la nulidad de la decisión empresarial. La empresa no cumplió las formalidades establecidas en el artículo 41del R.D.Leg. 1/1995, de 24 de marzo de 1995 a la hora de realizar las modificaciones sustanciales, no justificó las razones invocadas, no efectuó el preceptivo preaviso con una antelación mínima a los 15 días de su efectividad y no ofreció a la trabajadora su derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización.

¡Otro caso ganado por nuestros abogados laboralistas en Móstoles!