Ejemplo de casos llevados por nuestros Abogados Laboralistas
Son muchos y muy variados los asuntos relacionados con el Derecho del Trabajo que atendemos en nuestro portal. A todos se les da la mejor respuesta basada en la experiencia que aportan los años de dedicación a la profesión por parte de nuestros abogados.
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Incapacidad permanente
Conseguimos, por vía judicial, que al cliente le fuera reconocida la incapacidad permanente total, con las consecuencias legales que de ello se derivasen.
El cliente, dependiente en una tienda propia como autónomo, tenía que levantar peso y estar de pie o en la misma postura para poder ejercer su profesión. Y no podía realizar estas actividades como consecuencia de las dolencias que logramos acreditar ante el juez, con la aportación de los oportunos informes periciales.
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Improcedencia de despido
La empleadora procedió a rescindir el contrato de nuestro representado, indicando recortes muy significativos en la facturación de la empresa, al rescindir un proyecto determinado.
Conseguimos que la decisión de la empresa de despedir a nuestro cliente constituyera un DESPIDO IMPROCEDENTE de conformidad con lo previsto en el artículo 55.4 y 56 del Estatuto de los Trabajadores en conexión con el artículo 108.1 L.R.J.S, toda vez que la empleadora no acreditó ni justificó las causas del despido, debido a que nuestro representado no fue contratado para este proyecto citado.
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Extinción de Contrato Laboral
La trabajadora viene prestando sus servicios como limpiadora desde marzo de 2017. En abril de 2019, la trabajadora comienza un periodo de baja por ansiedad y depresión laboral, dado que trabaja con una compañera con la que tiene muy mala relación, llegando ésta a acosarla de forma reiterada.
Logramos la extinción del contrato laboral dado que la trabajadora tiene legitimidad y derecho para instar la resolución indemnizada del contrato, toda vez que tal y como reitera la doctrina jurisprudencial el acoso moral se manifiesta a través de conductas hostiles contra la dignidad personal de la víctima o contra su profesionalidad.
¡Ponemos a su servicio el mejor Abogado Laboralista en Móstoles!
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Reclamación de cantidad
La Mercantil dejó pendiente de abono el salario del último mes de nuestro representado, que se marchó de forma voluntaria con el preaviso de 15 días que marca la ley. El trabajador tenía pendiente de disfrutar 8 días de vacaciones, y al no haberlas disfrutado se las debía de abonar con el finiquito.
La Empresa nunca realizó el finiquito para dar así por finalizada la relación laboral. Es más, el trabajador recibió un justificante falso de transferencia por las cantidades adeudadas.
Nuestro Bufete resolvió este asunto de forma favorable para nuestro representado en el acto de mediación en el SMAC sin necesidad de llegar a juicio.
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Reclamación de Certificado de Empresa
Tras producirse la extinción del contrato de trabajo que me vinculaba a mi Empresa, no me fue facilitada, pese a haber sido requerida en varias ocasiones, la documentación solicitada en relación con el CERTIFICADO DE EMPRESA, a fin de poder llevar a cabo los trámites oportunos para solicitar la obtención de la ayuda por desempleo.
Por estos motivos expuestos, al no tener un requisito necesario para tener acceso a la prestación económica, no se ha producido a la fecha abono hacia mi persona del subsidio por desempleo.
¡Por supuesto, nuestros abogados laboralistas consiguieron que tuviera acceso a las prestaciones por desempleo!
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Modificación sustancial de las condiciones de trabajo
La empleadora comunicó de forma verbal a la trabajadora una modificación sustancial de las condiciones de trabajo sin alegar causa o motivo consistente en ll cambio de categoría y la reducción de la cuantía de salario por el cambio de categoría.
Se consiguió la nulidad de la decisión empresarial. La empresa no cumplió las formalidades establecidas en el artículo 41del R.D.Leg. 1/1995, de 24 de marzo de 1995 a la hora de realizar las modificaciones sustanciales, no justificó las razones invocadas, no efectuó el preceptivo preaviso con una antelación mínima a los 15 días de su efectividad y no ofreció a la trabajadora su derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización.
¡Otro caso ganado por nuestros abogados laboralistas en Móstoles!